¿Tu empresa ya capacitó a sus trabajadores en Seguridad y Salud en el Trabajo?
En el Perú, la Ley N.º 29783 exige que todas las empresas, incluyendo las MYPEs, capaciten a su personal en prevención de riesgos laborales. Esta obligación no solo protege a los trabajadores, sino que evita sanciones por parte de Sunafil, que en 2025 está intensificando las fiscalizaciones.
¿Qué exige la ley?
La Ley N.º 29783 y su reglamento (DS 005-2012-TR) establece que toda empresa debe implementar un Plan Anual de SST que incluya:
- Capacitación inicial, periódica y específica.
- Registro de participación y emisión de certificados.
- Contenidos adaptados a los riesgos del puesto.
Nuestra capacitación incluye:
- Principios legales del SST peruano.
- Identificación de peligros y medidas preventivas.
- Uso adecuado de EPP.
- Protocolos de emergencia y evacuación.
- Cultura de prevención laboral.
Duración: 2 a 4 horas
Certificación en menos de 24 horas
Modalidad: Virtual o presencial
Evita multas de hasta S/ 12,000
Según Sunafil, no contar con evidencia de capacitación puede ser considerado una infracción grave o muy grave, con sanciones que superan los S/ 12,000 incluso en pequeñas empresas.
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Correo: capacitaciones@bolsadeempleosperu.com



